Mediante la Resolución 553/2019, la SSN determinó que » El total de las inversiones de las aseguradoras -incluyendo sus activos subyacentes si tuvieran- y sus disponibilidades, deben encontrarse radicadas en la República Argentina», refiriéndose a las inversiones y disponibilidades computables para determinar el Estado de Cobertura de las Compañías.
Las reaseguradoras pueden tener inversiones y disponibilidades en el exterior, hasta el 50% del capital a acreditar.
RES_SSN_553_2019